ACTA DE CONSTITUCIÓN
FUNDACIÓN POR LA IGUALDAD QUE QUEREMOS

En la ciudad de Bogotá, D.C. el día 10 de diciembre de 2019, siendo las 2:00 p.m. se reunieron las señoras GISELE MANRIQUE VACA, mayor de edad, identificada con la cédula de ciudadania No. 52005376 de Bogotá, de estado civil casada, con sociedad conyugal vigente, vecino y residente en la ciudad de Bogotá en la Calle 127 A No. 5 C - 41 y OMAIRA QUINTANA QUINTANA, mayor de edad, identificada con la cédula de ciudadania No. 39693549 de Bogotá, de estado civil soltera vigente, vecino y residente en la ciudad de Bogotá en la Calle 77 A No. 73 - 36 Apto. 403 con el objeto de construir una Fundación con los aportes patrimoniales que cada una manifiesta libre y espontñaneamente hacer, como se especificará en acta que se adiciona a este documento.

Los miembros de la reunión acuerdan que la presente sesión será presidida por GISELE MANRIQUE VACA, mayor de edad, identificada con la cédula de ciudadania No. 52005376 y atuará como secretaria OMAIRA QUINTANA QUINTANA, mayor de edad, identificada con la cédula de ciudadania No. 39693549, quien se encuentra presente en la reunión yy quien acepta la designación que han hecho los comparecientes iniciales.

Acto seguido, la presidenta instala formalmente la reuniónn solicitando a la secretaria de la sesión que lea el orden del día:

ORDEN DEL DÍA

1) Palabras del presidente.
2) Aportes de los Fundadores.
3) Presentación de los Estatutos, Análisis y debate de los mismos.
4) Aprobación de los Estatutos.
5) Elección de Dignatarios de la Junta Directiva.
6) Elección del Representante Legal.
7) Proposiciones y Varios.

La Presidente de la reunión hace referencia a los objetivos y fines que persigue la Fundación Por la Igualdad que Queremos, refiriéndose especialmente a que la fundación está cimentada en recopilar las experiencias exitosas de las administraciones de las ciudades capitales en especial en lo que tiene que ver con el mejoramiento de las condiciones, y en esa medida procura recoger y multiplicar las enseñanzas, con el fin de presentar propuestas para el mejoramiento de la calidad de vida de los ciudadanos y replicarlo en los demás municipios del país, a través de la partición ciudadana.

Los demás miembros de la sesión manifiestan su acuerdo en las palanras de la presidente y además reafirman su propósito de destinar un aporte patrimonial para que estas ideas se consoliden en estudios y proyectos que lleven a cabo la visión expresada en esos términos.

Los miembros de manera voluntaria y libre de todo apremio, manifiestan que cada uno de ellos aportará al patrimonio inicial de la fundación la suma de DOS MILLÓNES DE PESOS ($2.000.000), lo cual se acredita en el acta de aportes que hace parte integral del acta de constitución de la fundación.

Una vez efectuado este punto, la Presidente ordena que se pasa al siguiente punto de orden del día. La Secretaria procede a leer proyecto de estatutos, el cual una vez leído, es discutido por los integrantes de la sesión y puesto consideración por la Presidente, siendo aprobado por unanimidad de los miembros que integran la sesión, que desde este momento constituyen el Consejo Directivo.

De acuerdo con los estatutos por ellos mismos aprobados, es necesaria designar a los dignatarios de la Junta Directiva, Se proponen las siguientes personas:

- DIANA MARGARITA BELTRAN, identificada con la cédula de ciudadanía No. 51853282
- HELEN CAMILA BUITRAGO CATILLO, identificada con la cédula de ciudadanía No. 1014266939
- PAOLA ALEJANDRA CALA ORTIZ, identificada con la cédula de ciudadanía No. 1010201412

Y como suplentes a las siguientes personas:

- FELIPE ALEJANDRO PACHECO, identificado con la cédula de ciudadanía No. 801354031
- ANDRÉS ERNESTO PACHECO, identificado con la cédula de ciudadanía No. 79592368
- JUAN CARLOS BAUTISTA CASTILLO, identificado con la cédula de ciudadanía No. 80852307

Esta proposición es aprobada por unanimidad. Estando presente los señores:

- GISELE MANRIQUE VACA, identificada con la cédula de ciudadanía No. 52005376
- OMAIRA QUINTANA QUINTANA, identificada con la cédula de ciudadanía No. 39693549
- DIANA MARGARITA BELTRAN, identificada con la cédula de ciudadanía No. 51853282
- PAOLA ALEJANDRA CALA ORTIZ, identificada con la cédula de ciudadanía No. 1010201412
- HELEN CAMILA BUITRAGO CASTILLO, identificada con la cédula de ciudadanía No. 1014266939
- ANDRÉS ERNESTO PACHECO RINCÓN, identificado con la cédula de ciudadanía No. 79592368
- FELIPE ALEJANDRO PACHECHO, identificado con la cédula de ciudadanía No. 80135403
- JUAN CARLOS BAUTISTA CASTILLO, identificado con la cédula de ciudadanía No. 80852307

manifiestan de viva voz, libre y espontáneamente, que aceptan el cargo como miembro de la Junta Directiva y en ese mismo sentido, manifiestan que bajo la gravedad de juramento prometen acatar y cumplir y hacer cumplir los estatutos de la Fundación Por la Igualdad que Queremos, si fuere necesario reemplazar a cualquiera de los miembros temporal o definitivamente.

Como Representante Legal se propone a BEATRIZ CASTILLO TRUJILLO, identificada con la cédula de ciudadanía No. 41707191 cuyo nombramiento es aprobado por unanimidad de los miembros que integran la Junta Directiva de la Fundación.

La señora Beatriz Castillo Trujillo, manifiesta de viva voz libre y espontáneamente que acepta el cargo de Representante Legal y en ese mismo sentido, manifiesta que bajo gravedad de juramento promete acatar y cumplir y hacer cumplir los estatutos de la Fundación Por la Igualdad que Queremos, en su carácter de Representante Legal.

Proposiciones y Varios
Se solicita a la señora Representante Legal que adelante las gestiones tendientes al reconocimiento de la Personería Jurídica de la Fundación, así como los trámites ante las diferentes autoridades encaminadas a iniciar con las actividades propias de la Fundación.

Una vez agotado este punto, se lee la presente acta siendo aprobada por los miembros que integran el Consejo de Fundadores de la Fundación Por la Igualdad que Queremos.

En constancia se firma en la ciudad de Bogotá, por el Consejo de Fundadores y refrendadas estas firmas por la secretaria de la sesión.

En la presente acta se anexan estatutos que hacen parte integral de la misma.

CAPITULO I

Nombre, domicilio, naturaleza jurídica, duración y objeto.

ARTICULO 1-. La entidad que se rige por los presentes estatutos se denominará Fundación Por la Igualdad que Queremos, tiene su domicilio en Bogotá D.C. y su sede en la carrera 11 No. 86 – 53 Piso 14 de Bogotá. Se constituye como una fundación sin ánimo de lucro, de utilidad común y su duración es indefinida.

PARÁGRAFO: No obstante la mención de la sede de la Fundación, sus actividades podrán realizarse en cualquier sitio del territorio nacional de la República de Colombia, o en cualquier otro País.

ARTICULO 2-. La Fundación podrá cambiar su domicilio cuando las circunstancias así lo requieran informando a las autoridades competentes de su nuevo domicilio y sede.

ARTICULO 3-. La Fundación tendrá como objeto: Promoción, desarrollo, apoyo e implementación de actividades y estudios que mejoren o propendan mejorar la calidad de vida de los habitantes del territorio colombiano, a través de un modelo propio de desarrollo sostenible en lo ambiental e igualitario en lo social.

Son fines específicos:

- Implementación de estudios y de actividades que generen la visión y la consecución de ciudades altamente densificadas, sin carros y con sistemas de transporte masivo eficientes.

- Desarrollo de estudios y actividades que permitan la generación de ciudades donde los niños sean felices, teniendo los medios apropiados para su educación, recreación y aprovechamiento del tiempo libre.

- Realización de estudios y ejecución de actividades que permitan lograr un equilibrio en las oportunidades de acceso a la propiedad de la tierra.

- Las demás que sean compatibles con el objeto principal de la Fundación, encaminadas a los objetivos de socialización y dignificación.

En el cumplimiento de su objeto principal y de sus fines específicos, la Fundación se apoyará principalmente, en instituciones públicas y privadas, agremiaciones, entidades y centros educativos, entidades financieras, comerciales y las demás relacionadas con estos, sean nacionales o extranjeras. Igualmente, podrá desarrollar, entre otras, las siguientes actividades:

- Establecer un sistema de información, sobre los servicios prestados y funciones por parte de la Fundación.
- Auspiciar, realizar, dirigir y contratar estudios e investigaciones relacionados con temas de interés público referidos, entre otros, a los siguientes: espacio público, suelo, transporte, vivienda, salud, educación, desarrollo urbano y rural, calidad de vida, principalmente de los habitantes del territorio colombiano, sin perjuicio de actividades similares en otros países.
- Asesorar a las entidades públicas y privadas pertinentes, en la conducción de estudios y en la toma de decisiones relacionadas con estos objetos.
- Colaborar con las entidades similares, tanto nacionales como extranjeras, en la divulgación de los conocimientos y en la solución de los problemas relacionados con los temas que son objetivo de esta fundación.
- Propender por la capacitación y conocimientos de la ciudadanía que en alguna forma se relacionen o tengan Interés en estos temas.
- Convocar, apoyar y realizar eventos académicos, foros, mesas redondas, reuniones, etc., y utilizar todos los medios adecuados para ilustrar e informar a la comunidad sobre los temas objetos de la Fundación.

Guiarán las actividades de la fundación los siguientes principios y criterios:

- Libertad de investigación, opinión, expresión e información.
- No habrá distingos por motivos de edad, sexo, raza, religión, filiación política ni condición social. No será permitido utilizar las actividades que desarrolle la fundación para fines de carácter religioso.
- Solidaridad y cooperación entre los fundadores, integrantes, adherentes y benefactores.
- Carácter humanista.
- Disciplina científica y técnica.
CAPITULO II
Administración y dirección

ARTICULO 4-. La Fundación será administrada por la Junta Directiva, quienes trabajaran para el desarrollo del fin social previsto en los objetivos.

ARTICULO 5-. La fundación tendrá los siguientes órganos de administración:

-     Junta directiva
-     Director Ejecutivo
-     Representante Legal

ARTICULO 6-. La Junta Directiva lo forman todas las personas que firmaron el acta de constitución en tal calidad y realizaron los aportes según el acta suscrita en documento privado, es la máxima autoridad y sus determinaciones serán de obligatorio cumplimiento.

ARTICULO 7-. La convocatoria para cualquier clase de reunión se hará por escrito; su convocatoria deberá hecerse por lo menos con cinco días hábiles de anticipación.

ARTICULO 8-. La Junta Directiva estará formada por los 3 miembros, elegidos por los miembros fundador. Podrán ser reelegidos indefinidamente. La junta directiva tendrá un Presidente, un Tesorero y un Secretario, elegidos dentro de sus miembros.

PARÁGRAFO: Cada miembro de la Junta Directiva tendrá un suplente, también elegido por la junta Directiva

ARTICULO 9-. Son funciones de la Junta Directiva:

-     Designar y remover sus propios dignatarios cuya elección corresponda a la junta Directiva.

-     Crear los empleos que considere necesarios para el buen funcionamiento de la Fundación.

-     Delegar en el representante legal o cualquier otro funcionario, las funciones que estime convenientes.

-     Autorizar al representante legal para comprar, vender o gravar bienes y para celebrar contratos cuyo valor exceda la suma de $ mil salarios mínimos legales mensuales vigentes.

-     Examinar cuando lo tenga a bien, los libros de contabilidad, actas y caja de la entidad.

-     Tomar decisiones que no correspondan a otro órgano de la Fundación.

PARÁGRAFO TRANSITORIO: La primera Junta Directiva será designada por los Fundadores, y ellos propondrán y designarán a los primeros dignatarios tanto en propiedad como suplentes.

ARTICULO 10-. La Junta Directiva se reunirá ordinariamente por lo menos dos veces al año y podrá reunirse extraordinariamente cuando lo soliciten dos de sus miembros, el representante legal o el revisor Fiscal.

ARTICULO 11-. Funciones del Representante Legal:

El Representante Legal de la Fundación es el Director Ejecutivo que será nombrado por la Junta directiva para períodos de dos años y sus funciones son:

a) Ejecutar el programa de acción de la fundación, siguiendo las recomendaciones de la Junta Directiva.
b) Servir de órgano de comunicación de la fundación con fundadores, integrantes, adherentes y benefactores y con terceros.
c) Planificar, organizar y controlar el desarrollo de los objetivos de la fundación.
d) Preparar los informes que solicita la Junta Directiva.
e) Celebrar contratos compatibles con los objetivos de la fundación hasta por la suma de mil salarios mínimos legales mensuales vigentes.
f) Proyectar para estudio del Junta Directiva los programas de trabajo de la fundación y los contratos en que ella tenga interés.
g) Designar los demás empleados de la fundación de acuerdo con las plazas creadas con la Junta Directiva.
h) Ejercer todas las demás funciones que como representante legal le corresponda, así como aquellas de tipo administrativo, financiero y operativo, así como la representación judicial y extrajudicial de la Fundación.

PARÁGRAFO TRANSITORIO: EL primer Director Ejecutivo que a la vez será el Representante Legal será designado por la Junta Directiva.

ARTICULO 12-. Funciones del Presidente:

a) Vigilar el cumplimiento de los estatutos y reglamentos, lo mismo que hacer cumplir las decisiones tomadas por la Junta Directiva.
b) Convocar a las reuniones de la Junta Directiva determinando el orden del día respectivo, el cual hará conocer con la oportunidad requerida.
c) Presidir todos los actos oficiales de la fundación.
d) Ocupar o delegar a nombre de la fundación los cargos representativos de la misma en organismos oficiales y privados.
e) Sancionar cualquier acto resolutorio del Junta Directiva y aplicar las normas disciplinarias de acuerdo a los estatutos y alas resoluciones pertinentes.

ARTICULO 13.- Las faltas temporales o definitivas del Presidente serán suplidas por su suplente. Si el Presidente llegare a faltar definitivamente la suplencia se hará por lo que reste del periodo para el que fue elegido. Salvo que la Junta Directiva determine una nueva elección.

ARTICULO 14-. Funciones del Tesorero:

a) Recaudar y conservar los fondos, auxilios, donaciones, aportes, cuotas y demás ingresos de la Fundación.
b) Llevar las cuentas de la Fundación, siguiendo el plan de cuentas y las determinaciones de la Junta Directiva o en su defecto del Presidente.
c) Elaborar los cheques y comprobantes de egreso ordenados por el Director Ejecutivo y suministrar todos los informes necesarios.
d) Elaborar los balances y el estado de ingresos y egresos y presentarlo al Director Ejecutivo, cuando se requiera.
e) Elaborar el inventario de todos los bienes de la Fundación y someterlos a la revisión del Representante Legal y el Presidente de la Fundación.
f) Manejar los fondos de la Fundación mediante la apertura de cuentas corrientes, ahorros y similares, en entidades financieras como Bancos, Corporaciones y Entidades autorizadas oficialmente para tales operaciones. g) Velar por la inversión de las disponibilidades de la fundación en operaciones rentables y productivas.
h) Constituir las garantías de manejo que establezca el Consejo directivo.
i) Velar por el cumplimiento de las normas de seguridad en el manejo de fondos, en la protección de activos y bienes y en el cumplimiento de las normas contables.
j) Ejercer las demás funciones que le correspondan y aquellas que le sean asignadas por el Junta Directiva y el presidente de la Fundación.

ARTICULO 15-. Funciones del Secretario:

a) Recibir la correspondencia que sea enviada a la Fundación.
b) Suscribir los actos de decisión de cualquiera de los órganos de administración, dirección y manejo de la Fundación.
c) Mantener el archivo de la fundación.
d) Redactar, suscribir y firmar las actas de las reuniones de la Junta Directiva.
e) Mantener los libros que exijan las autoridades competentes a las Fundaciones, especialmente los libros de actas de la Junta Directiva y certificar sobre la autenticidad de las copias de las reproducciones de las mismas.
CAPITULO III
Patrimonio

ARTICULO 16-. El Patrimonio de la Fundación está formado por:

-     Por los aportes de los Fundadores, los cuales se encuentran detallados en el acta de aportes.

-     Por aportes extraordinarios que efectúen los Fundadores.

-     Por auxilios que reciba de entidades privadas.

-     Por donaciones, herencias o legados que reciban personas naturales o jurídicas.

-     Por los beneficios que obtenga de sus actividades.

-     Por todos los bienes que por cualquier concepto ingresaren a la fundación.
CAPITULO IV
Disolución y liquidación

ARTICULO 17-. La Fundación solamente se podrá disolver y liquidar por extinción del patrimonio destinado para su manutención o por mandato legal. Sus estatutos no admiten reformas, salvo modificaciones que no alteren sus características y naturaleza.

ARTICULO 18-. En caso de liquidación, la Junta Directiva procederá a nombrar el liquidador o liquidadores, mientras no se hagan dichos nombramientos actuará como el representante legal inscrito.

ARTICULO 19-. Los liquidadores no podrán ejercer sus cargos mientras no hayan obtenido su inscripción en la Alcaldía Mayor de Bogotá.

ARTICULO 20-. Terminado el trabajo de liquidación y cubierto el pasivo, el remanente si lo hubiere en calidad de donación a una entidad de beneficencia, o cualquier otra sin ánimo de lucro que determine la Junta Directiva.

REFORMAS:

Los presentes estatutos pueden ser reformados por los Fundadores, quienes pueden delegar esta función en la Junta Directiva.

En Constancia se firma por la Junta Directiva, cuyas firmas son refrendadas por la firma de la Secretaria, en la ciudad de Bogotá, a los 10 días del mes de diciembre de 2019.

CERTIFICADO DE CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS PARA ACCEDER A LA
CALIFICACIÓN EN EL REGIMEN TRIBUTARIO ESPECIAL DE ACUERDO CON LO
ESTABLECIDO EN EL NUMERAL 3 DEL ARTÍCULO 364-3 DEL ESTATUTO TRIBUTARIO

Yo, Beatriz Castillo Trujillo, identificada con cédula No. 41.707.191 actuando en calidad de Representante Legal de la FUNDACIÓN POR LA IGUALDADA QUE QUEREMOS identificada con el NIT 901.349.466-6 para atender el requerimiento establecido en las normas de la referencia.

CERTIFICO

Que ninguno de los miembros de Asamblea, Coonsejo Directivo, fundadores, representantes legales o miembros de órganos de dirección han sido declarados responsables penalmente por delitos contra la administración pública, el orden económico social y contra el patrimonio económico utilizando a nuestra entidad para tal fin y tampoco han sido sancionados con la declaración de caducidad de un contrato celebrado con una entidad pública por haber implicado o utilizado la entidad para la comisión de dicha conducta.

La presente se expide el 29 de enero de 2021.

LA SUSCRITA REPRESENTANTE LEGAL DE LA FUNDACION POR LA IGUALDAD QUE
QUEREMOS NIT 901.349.466-6


CERTIFICA:

Que la entidad FUNDACION POR LA IGUALDAD QUE QUEREMOS identificada con NIT 901.349.466-6 durante el año 2020 cumplió con todos los requisitos para pertenecer al Régimen Tributario Especial de conformidad con lo establecido en el numeral 13 del parágrafo 2 del artículo 364-5 del Estatuto tributario, como entidad que ejecuta las actividades meritorias de promoción, desarrollo, apoyo e implementación de ideas para el público en general y que mejoren o propendan mejorar la calidad de vida de los habitantes del territorio Colombiano, las cuales son de interés general y de acceso a la comunidad.

De igual manera se certifica que la Fundación como entidad contribuyente del régimen ordinario, ha cumplido con las disposiciones establecidas en el Estatuto Tributario y sus Decretos Reglamentarios.

Para corroborar lo anterior, se remite copia de la declaración de renta del año 2019 presentada en debida forma por la fundación.

Se expide en Bogotá D.C, a los 29 días del mes de enero de 2020.

JUNTA DIRECTIVA ORDINARIA
FUNDACION POR LA IGUALDAD QUE QUEREMOS
ACTA DE JUNTA DIRECTIVA N°005

En Bogotá D.C, siendo las 4:00 p.m., del 15 de febrero de 2021, previa convocatoria hecha, de conformidad con los estatutos de la Fundación, se llevó a cabo la reunión de Junta Directiva, de la FUNDACION POR LA IGUALDAD QUE QUEREMOS

ORDEN DEL DIA
       1. Inscripción y verificación del quorum
       2. Nombramiento del presidente y secretario de la Junta Directiva
       3. Aprobación del orden del día
       4. Lectura y aprobación del Informe de Gestión 2020
       5. Presentación y aprobación de los Estados Financieros a 31 de diciembre de 2020
       6. Presentación y aprobación de la destinación de excedentes
       7. Reforma de estatutos
       8. Autorización al representante legal para presentar la solicitud de calificación como régimen tributario especial ante la DIAN.
       9. Proposiciones y varios

DESARROLLO DEL ORDEN DEL DIA


1. INSCRIPCION Y VERIFICACION DEL QUORUM


La secretaria hace la verificación del quórum confirmando que se encuentran las siguientes personas que conforman la Junta Directiva:

**Diana Margarita Beltrán C.C No. 51.853.282
**Helen Camila Buitrago Castillo C.C. No. 1.014.266.939
**Paola Alejandra Cala Ortiz C.C. No. 1.010.201.412

Con lo anterior se confirma la asistencia del 100% de los miembros principales de Junta Directiva, conformando quórum deliberatorio y decisorio, previa convocatoria realizada por la Representante Legal BEATRIZ CASTILLO TRUJILLO de conformidad con los estatutos, quien además se encuentra presente.


2. NOMBRAMIENTO DEL PRESIDENTE Y SECRETARIO DE LA JUNTA DIRECTIVA

La Señora HELEN CAMILA BUITRAGO CASTILLO propone como presidente de reunión de Junta Directiva a la señora DIANA MARGARITA BELTRAN y como secretaria de la misma a la señora PAOLA ALEJANDRA CALA ORTIZ, quienes se encuentran presentes en la reunión.


3. APROBACIÓN DEL ORDEN DEL DÍA

La presidenta somete a votación el orden del día, el cual queda aprobado por unanimidad


4. LECTURA Y APROBACIÓN DEL INFORME DE GESTIÓN 2020

La Representante Legal toma la palabra y hace lectura del informe de gestión correspondiente a la vigencia 2020, del cual se resalta que aún con las restricciones de la pandemia del Covid-19, la Fundación ha iniciado labores de recopilación de información relevante para el desarrollo del objeto social y consolidación de memorias, el cual se anexa al acta.

Se somete a votación el Informe de Gestión y es aprobado por unanimidad


5. PRESENTACIÓN Y APROBACIÓN DE LOS ESTADOS FINANCIEROS A 31 DE DICIEMBRE DE 2020


Se hace la presentación de los Estados Financieros a 31 de diciembre de 2020 y no se recibe ningún comentario. Resaltando que la Fundación obtuvo excedentes de $81.226.000, sobre los cuales se propondrá su reinversión en el objeto social, el cual será tratado en el siguiente punto de la reunión.

Se someten a votación los Estados Financieros y son aprobados por unanimidad


6. PRESENTACIÓN Y APROBACIÓN DE LA DESTINACIÓN DE EXCEDENTES


De acuerdo con los estados financieros para el 2020 se tuvieron excedentes por $81.226.000, los cuales se destinarán para el desarrollo del objeto social de la Fundación. De acuerdo con el plan de trabajo que se presentará por parte del Representante Legal y se aprobará en la próxima reunión de Junta Directiva.

La Junta Directiva aprueba por unanimidad la reinversión de excedentes


7. REFORMA DE ESTATUTOS


La Doctora DIANA MARGARITA BELTRAN, en su calidad de presidenta de la reunión somete a consideración de la Junta Directiva la reforma de estatutos que contempla los siguientes aspectos:

Artículo 3: Objeto social:

Con el fin de armonizar el objeto social de la entidad con las actividades meritorias indicadas en el Artículo 359 del Estatuto Tributario, se propone que Artículo 3 quede así:

“La Fundación tendrá como objeto: Promoción, desarrollo, apoyo e implementación de actividades y estudios que mejoren o propendan mejorar la calidad de vida de los habitantes del territorio colombiano, a través de un modelo propio de desarrollo sostenible en lo ambiental e igualitario en lo social.

Son fines específicos:

- Implementación de estudios y de actividades que generen el desarrollo, promoción y el mejoramiento de la calidad y cobertura del servicio de transporte público, para generar la visión y la consecución de ciudades altamente densificadas. (Artículo 359 Numeral 5b del E.T.)

- Implementación y estructuración de estudios orientados a la generación de ciudades donde los niños sean felices, a través de proyectos de desarrollo y mantenimiento de parques y centros de diversión, siempre y cuando sean para acceso general a la comunidad. (Artículo 359 Numeral 5d del E.T.)

- Desarrollo de proyectos que busquen desarrollar en la comunidad en general la conciencia de cuidado y protección al medio ambiente, mediante la conservación, recuperación, protección, manejo, uso y aprovechamiento de los recursos naturales renovables y el medio ambiente sostenible.” (Artículo 359 Numeral 6 del E.T.)

- Las demás que sean compatibles con el objeto principal de la Fundación, encaminadas a los objetivos de socialización y dignificación“


Artículo 16 Patrimonio:


Se adiciona al Artículo 16, los siguientes parágrafos:

       “Parágrafo primero: Los aportes de los fundadores y los aportes extraordinarios NO serán devueltos ni generan derecho a retorno para los aportantes, ni directa ni indirectamente durante su existencia, ni en su disolución y liquidación.

       Parágrafo segundo: Los excedentes que genere la fundación NO serán distribuidos bajo ninguna modalidad, ni directa, ni indirectamente, durante su existencia, ni en su disolución y liquidación.”

La Junta Directiva autoriza la reforma estatutaria por unanimidad.


8. AUTORIZACION A PREPRESENTANTE LEGAL PARA PRESENTAR LA SOLICITUD DE CALIFICACION COMO REGIMEN TRIBUTARIO ESPECIAL ANTE LA DIAN.

La Doctora DIANA MARGARITA BELTRAN, en su calidad de presidenta de la reunión somete a consideración de la Junta Directiva autorizar a la representante legal para que presente ante la DIAN la solicitud de calificación para pertenecer al Régimen Tributario Especial de la Renta.
Propuesta que es aprobada por unanimidad.


9. PROPOSICIONES Y VARIOS

En este punto de la reunión la Doctora PAOLA ALEJANDRA CALA ORTIZ, propone que la representante legal presente a la Junta Directiva un plan de trabajo e identifique los proyectos que serán priorizados por la Junta Directiva. Para la estructuración de este plan de trabajo y sus proyectos contará con el apoyo de consultores especializados. Este plan de trabajo será la base para la elaboración de los presupuestos, contemplando los ingresos y gastos de la fundación.


En este punto de la reunión, la secretaria de la misma da lectura al borrador del acta, siendo aprobado su contenido por la Junta Directiva. Siendo las 7:00 p.m., la presidenta de la Junta Directiva da por terminada la reunión, en constancia firman:

LA SUSCRITA REPRESENTANTE LEGAL DE LA FUNDACION POR LA IGUALDAD QUE QUEREMOS

NIT 901.349.466-6





CERTIFICA

Que la fundación por la igualdad que queremos, desde su constitución y hasta el año gravable 2020, los cargos directivos y gerenciales de la fundación no han tenido remuneración alguna.


Se expide en Bogotá, a los 15 días del mes de junio de 2020